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En lineamientos de evaluación, SEP califica y evalúa; INEE valida

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El Instituto Nacional para la Evaluación Educativa (INEE), presenta hoy los lineamientos generales para la Evaluación del servicio profesional docente en educación básica y educación media superior, así como de la evaluación para la promoción a cargos con funciones de dirección en educación media superior, para el ciclo 2014-2015.

En el documento de 34 artículos  llama la atención que es la SEP la encargada de instrumentar la evaluación en todos los casos, determinar perfiles y coordinar autoridades locales, y el papel del INEE se centra, casi exclusivamente, en validar la coordinación de la SEP.

El documento informa que los principios rectores de la evaluación serán “mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan”, que al pasar el proceso podrán tener 3 niveles de nombramiento:

Provisional: Cubre una vacante temporal menor a seis meses.

Por tiempo fijo: Se otorga por un plazo previamente definido.

Definitivo : Nombramiento de base que se da por tiempo indeterminado en términos de la Ley General del Servicio Profesional Docente y la legislación laboral.

En ambos casos de Educación Básica y Media Superior, la Secretaría de Educación Pública (SEP), formulará los parámetros e indicadores para el ingreso al servicio y el INEE les dará validez.

El concurso para el ingreso al Servicio de Educación Básica será realizado al mismo tiempo en todas las entidades federativas el 12 de julio de 2014 y será la SEP la encargada del proceso de calificación de la información obtenida mediante los instrumentos nacionales.

La SEP “determinará los perfiles correspondientes al personal docente y técnico docente en Educación Básica, considerando las propuestas de las Autoridades Educativas Locales (AEL), quienes someterán a concurso la totalidad de las plazas de nueva creación y de las vacantes definitivas y temporales, de origen estatal y federal, correspondientes a funciones docentes y técnico docentes, que no hayan sido ocupadas al 31 de mayo del año en curso, así como las que se generen después del primero de junio del 2014 y hasta el 31 de mayo del 2015.

A la SEP le corresponderá emitir, conforme a lineamientos validados y autorizados por el Instituto, una Convocatoria Marco que precise los elementos que deberán de tener las convocatorias estatales como los tipos de plaza, el perfil necesario, las etapas, los aspectos, métodos e instrumentos que comprende la evaluación para el ingreso.

En el caso de que las AEL consideren que el número de aspirantes no será suficiente para atender las necesidades educativas durante el ciclo escolar, dirigidas a los egresados de escuelas normales, podrán emitir convocatorias públicas abiertas.

En la Educación Media Superior el concurso se realizará en todas las entidades federativas el 19 de julio de 2014 y la SEP tendrá que establecer el esquema de coordinación para que las AEL y los Organismos Descentralizados (OD) determinen los perfiles correspondientes al personal docente y técnico con base en el Marco Curricular Común y los planes de estudio vigentes.

Para los cargos de funciones de director (2014-2015), los lineamientos sólo son aplicables en subsistemas centralizados y coordinados y, a partir del proceso 2015-2016, se incorporarán los demás subsistemas -como los desconcentrados de la SEP, los estatales y los descentralizados de los gobiernos de las entidades federativas.

La SEP, en coordinación con los organismos descentralizados, determinarán los perfiles correspondientes al personal en función de dirección, formulando los parámetros e indicadores de conformidad, los cuales serán validados por el INEE.

Al concurso de directores podrán participar docentes en activo con nombramiento definitivo en Educación Media Superior, que al momento de emitirse la convocatoria, tengan un mínimo de 2 años ininterrumpidos en el servicio y será realizado en todas las entidades federativas el 19 de julio de 2014.

De igual manera que en los casos anteriores, la SEP será la encargada de calificar la información obtenida y se crearán listas de prelación por entidad federativa, subsistema o centro de trabajo, ordenadas de mayor a menor puntaje, por lo que los espacios de trabajo se asignarán en orden de puntuación.

Al término del nombramiento quien hubiera ejercido las funciones de dirección, volverá a su función docente, preferentemente en la escuela en que fue asignado.

Ver el documento completo aquí.

 

 

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