Fuente: diarioti.com
Ante la demanda de una empleada de una imprenta de 49 años consiguio que un tribunal Danes fallara a su favor estableciendo que su empleador fue el responsable de una tendinitis crónica por uso del ratón a comienzos de la década de los 90 .
Dentro del fallo, el tribunal indico que el empleador debió haber procurado que la funcionaria no utilizara el mouse por períodos prolongados. «En su fallo, el tribunal indica que es responsabilidad exclusiva del empleador que el trabajo sea seguro y no perjudicial para la salud. Los empleados no deben sentir dolor en el trabajo. Si el empleado tiene dolor en la mano, es obligación del empleador reducir al mínimo el tiempo que este usa el ratón».
La imprenta demandada fue instruida a indemnizar a la mujer por daño emergente, reducción de su capacidad de trabajar y gastos de tratamiento médico, además de costas procesales.
Este fallo sienta importantes precedentes en lo que respecta a enfermedades o dolencias a las cuales nos exponemos todos aquellos profesionales que pasamos horas trabajando frente al computador. En nuestro país no hay pecedente de este tipo de hechos, si sería importante que todas aquellas dolencias en brazos, tendones y articulaciones ocasionadas por el uso del ratón se constituyeran como una enfermedad laboral que, como tal, otorga al empleado derecho a tratamiento o indemnización por parte del empleador.
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