Divorcio Voluntario

Divorcio Voluntario

familia en paz
Divorcio Voluntario

Los cónyuges que no se encuentran en el supuesto del divorcio Administrativo, estos es, que son menores de edad o tienen hijos menores de edad, pero se encuentran de acuerdo en divorciarse, deben presentar su solicitud ante al Juez de Primera Instancia competente.

La solicitud debe ir acompañada de las copias certificadas de las actas de nacimiento de los hijos, y de los documentos que acrediten los hechos de la solicitud, así como de un convenio en el que se fijen los puntos siguientes:

I. A cargo de quien estarán los menores.

II. Días de visita (día o días y horario establecido).

III. Con quien estará en los periodos vacacionales de semana santa, verano y navidad.

IV. Precisar con quien pasara los menores, los días festivos como cumpleaños del menor, navidad año nuevo, día de la madre día del padre, etc.

V. Que pensión alimenticia se le otorgara, forma de entrega (personal, depositada, oficio), cada cuando se entregara la pensión (semanal, quincenal) así como cada cuando y cuanto aumentara la pensión (precisar cantidad).

VI. Quien cubrirá los gastos escolares (públicos o privados) vestido y calzado de los menores.

VII. Por parte de quien los menores tienen servicio medico.

VIII. Quien será el fiador alimentista (lo proporciona el que da la pensión) traer de la persona copia de identificación y comprobantes de nomina.

IX. Domicilio de la señora y domicilio del señor.

X. Si va haber pensión otorgada de un conyuge a otro.

XI. Que bienes inmuebles hay dentro del matrimonio (hacer inventario) y traer facturas y/o escrituras de la propiedad.

XII. Mencionar si hay deudas dentro de la sociedad conyugal, anexar los documentos que acrediten las deudas y quien las cubrirá.

XIII. Mencionar como van a quedar repartidos los bienes que hay.

XIV. En caso de cesiones, quien cubrirá los gastos notariales.

XV. Mencionar cuanto tienen de separados y si esta embarazada la señora.

XVI. Mencionar si hay un juicio anterior a su divorcio (como sumario o divorcio necesario).

Después de los 8 y antes de los 15 días de recibido el escrito de solicitud de divorcio por el juzgado,y una vez cumpliendo con todas las prevenciones dictadas por el C. Juzgador se citará a los cónyuges a una audiencia en la que el juez procurará avenirlos o reconciliarlos; si no se logra la reconciliación, si procede, se aprobará el convenio antes mencionado.

El tribunal dictará resolución declarando la disolución del vínculo matrimonial.

Una vez que cause ejecutoria la presente resolución, remítase copia certificada de la misma mediante oficio al Oficial del Registro Civil , correspondiente ante quien contrajeron nupcias los antagonistas, a fin de que se realice las anotaciones correspondientes en el acta de matrimonio y expida en su oportunidad el acta de divorcio respectiva a fin de que en auxilio de las labores del Juzgado envíe el oficio ordenado en la presente sentencia al Oficial del Registro Civil señalado en líneas anteriores, debiendo comunicar ésta resolución al oficial ante quien consten inscritos los nacimientos de los antagonistas.

Si los cónyuges dejaran de cumplir con alguno de los requisitos dentro del convenio solicitado por el C. Juez se repelera de pleno y se tedra por no presentada la demanda.

Tiempo De 1 a 3 meses aproximadamente

Abogado Monterrey
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